México da por terminada la emergencia sanitaria del virus SARS-CoV-2.

El Gobierno Federal dio por terminada la emergencia sanitaria del COVID-19 mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación de fecha 9 de mayo de 2023, del “Decreto por el que se declara terminada la acción extraordinaria en materia de salubridad general que tuvo por objeto prevenir, controlar y mitigar la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19)”. Cabe recordar que la emergencia sanitaria fue ordenada mediante decreto publicado en fecha 27 de marzo de 2020.

Como resultado de lo anterior, se dejan sin efectos todos los lineamientos publicados en relación con dicha emergencia sanitaria.

¿Debo continuar tomando medidas para mitigar el virus?

Cada empresa debe de considerar las lecciones aprendidas de la emergencia sanitaria y debe de analizar el continuar con algunas de las medidas de seguridad que las empresas ya han establecido, tales como mantener una limpieza constante, uso de gel antibacterial, etc., y el fomentar entre los empleados el refuerzo de la vacuna en contra del COVID-19.

¿Debo enviar a mis empleados a casa en caso de contraer COVID-19?

Como cualquier otra enfermedad contagiosa, es importarte tomar acciones para evitar la propagación dentro de la empresa. Los empleados enviados a casa pueden continuar trabajando de manera remota, dependiendo de la situación particular de cada caso.

Alejandro Pedrín   |   apedrin@tplegal.net
Héctor Torres-López   |   htorres@tplegal.net
Leobardo Tenorio-Malof   |   ltenorio@tplegal.net
Mauricio Tortolero   |   mtortolero@tplegal.net
Alejandro Ceballos   |   aceballos@tplegal.net
Elio Sánchez   |   ecsanchez@tplegal.net
Iván Curiel-Villaseñor   |   icuriel@tplegal.net
Raúl Escamilla-Sanromán   |   rescamilla@tplegal.net
Isaac Zatarain-Valenzuela  |  Izatarain@tplegal.net

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