Vacunación vs COVID-19 en el Centro de Trabajo.

En diciembre de 2020, el Gobierno Federal anunció la compra de vacunas contra la COVID-19 para aplicarla a toda la población y que iniciaría su Política Nacional de Vacunación (“Política de Vacunación”), la cual se implementaría en diferentes etapas, considerando el grado de vulnerabilidad, iniciando en diciembre de 2020 y concluyendo en marzo de 2022.  Nadie estaría obligado a vacunarse.

El 25 de enero de 2021, el Gobierno Federal publicó el “Acuerdo que tiene por objeto establecer como una acción extraordinaria en materia de salubridad general, que los gobiernos de las entidades federativas en su calidad de autoridades sanitarias, así como las personas físicas y morales de los sectores social y privado, integrantes del Sistema Nacional de Salud, coadyuven con la Secretaría de Salud Federal en la implementación de la Política Nacional de vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México” (el “Acuerdo”).

Pareciera ser que el Acuerdo establece que las empresas que decidan adquirir la vacuna contra el COVID-19 para aplicarlas a sus trabajadores y centros de trabajo, deben adquirir las vacunas de las personas físicas y morales de los sectores social y privado, integrantes del Sistema Nacional de Salud.

Además de lo anterior, se deben de considerar las implicaciones legales respecto a la adquisición y aplicación de la vacuna.

I. Acuerdo 

El Acuerdo establece que las entidades federativas en su calidad de autoridades sanitarias, así como las personas físicas y morales de los sectores social y privado, integrantes del Sistema Nacional de Salud, deben realizar ante la Secretaría de Salud Federal lo siguiente:

  • Presentar los contratos que suscriban con farmacéuticas autorizadas en México para adquirir las vacunas.
  • Informar la cantidad de dosis que se aplicarán.
  • Respetar el calendario y prioridad del grupo de personas establecido en la Política de Vacunación.
  • Implementar medidas de prevención y control sanitario.
  • Garantizar, en el ámbito de su competencia, la trazabilidad del proceso de vacunación a su cargo, e informar a la Secretaría de Salud sobre su seguimiento.

II. Aspectos legales

Debido a la gran demanda de la vacuna, el riesgo de la oferta de vacunas a personas no autorizadas o de vacunas que no cumplan los estándares de calidad es muy alto. Por esta razón, es sumamente importante que la vacuna se adquiera de un distribuidor autorizado que tenga acceso a la vacuna, así como los permisos para su importación y/o comercialización en el país.

Además de lo anterior, se debe implementar un plan y política para la vacunación, así como para la mitigación de cualquier efecto secundario.  Las empresas deben ser cuidadosas en sus estrategias de vacunación internas a efecto de reducir el riesgo y contingencias laborales y civiles.

Se sabe por información emitida por la Organización Mundial de la Salud, que en muchos países aún existe un grado de desconfianza en cuanto a los efectos de las vacunas, y México no es la excepción. Por lo tanto, las empresas que pretendan aplicar la vacuna entre sus trabajadores deben prepararse para esos escenarios.

III. Aspectos Laborales

La Ley Federal del Trabajo no establece expresamente la obligación para el trabajador de vacunarse en contra de una enfermedad contagiosa. Tampoco se establece que la negativa a recibir la vacuna por parte del trabajador, pueda considerarse una causa que justifique la terminación de la relación laboral.

Independientemente de que las empresas puedan argumentar que por medidas sanitarias de prevención la vacuna debe ser obligatoria para los trabajadores en el centro de trabajo, ya que se busca proteger la salud de todos los trabajadores, la estabilidad del empleo y de la fuente de trabajo, en principio, es recomendable que las empresas obtengan el consentimiento informado del trabajador que decida recibir la vacuna en el centro de trabajo.

Además, se debe considerar también, que la aplicación de la vacuna en el centro de trabajo podría implicar la responsabilidad civil de la empresa en caso de que los efectos de su aplicación sean negativos en la salud de algún trabajador, por lo que, además, en caso de que el trabajador decida vacunarse, se obtenga una liberación de responsabilidad a favor de la empresa.

Puntos clave para las empresas:

  • Revisar puntualmente el proceso de adquisición de vacunas, verificando al vendedor y documentando contractualmente la compra en cumplimiento de los lineamientos del Gobierno Federal.
  • Analizar la estrategia de vacunación en el centro de trabajo y las implicaciones de realizar procesos de vacunación voluntarios y/o forzosos.
  • Obtener el consentimiento de los empleados que decidan vacunarse, así como la liberación de responsabilidad a favor de la empresa, por escrito.
  • Verificar las medidas sanitarias para la aplicación de la vacuna en el centro de trabajo.
  • Analizar los procesos de contratación para evitar actos discriminatorios relacionados con la exclusión de candidatos por no estar vacunados contra la COVID-19.

Para cualquier duda o pregunta, no dude en comunicarse con nosotros.

Alejandro Pedrín   |   apedrin@tplegal.net
Héctor Torres-López   |   htorres@tplegal.net
Leobardo Tenorio-Malof   |   ltenorio@tplegal.net
Mauricio Tortolero   |   mtortolero@tplegal.net
Daniel Gancz-Kahan   |   dgancz@tplegal.net
Alejandro Ceballos   |   aceballos@tplegal.net
Elio Sánchez   |   ecsanchez@tplegal.net
Iván Curiel-Villaseñor   |   icuriel@tplegal.net
Raúl Escamilla-Sanromán   |   rsanroman@tplegal.net

Search

Trending News

Social Media

Subscribe to our Newsletter