Nueva Obligación de Identificación del Beneficiario Controlador

La reforma fiscal para 2022 establece una serie de modificaciones al Código Fiscal de la Federación (el “CFF”) entre las cuales se incluye una nueva obligación para los contribuyentes y otros obligados, de identificar al “Beneficiario Controlador” de las personas morales.

En corto:

Ahora los contribuyentes están obligados a identificar a la persona física o grupo de personas físicas que se ubican al final del organigrama corporativo de una persona moral, fideicomiso y otras figuras jurídicas, ya sea una sociedad nacional o extranjera, un fideicomiso, un trust, u otras figuras nacionales o extranjeras que sean utilizadas.

Esto es un resumen de las obligaciones que se establecen en el CFF.

¿Quiénes están obligados a identificar al Beneficiario Controlador?

  • Personas morales.
  • Fiduciarias, los fideicomitentes o fideicomisarios, en el caso de fideicomisos.
  • Las partes contratantes o integrantes, en el caso de cualquier otra figura jurídica.
  • Notarios públicos, corredores públicos o cualquier otra persona que intervenga en la constitución de personas morales o celebración de fideicomisos o de cualquier otra figura jurídica.
  • Entidades financieras y los integrantes del sistema financiero para fines de la Ley del Impuesto sobre la Renta, tratándose de la información relativa a cuentas financieras.

¿Quién es el Beneficiario Controlador?

De conformidad al CFF, el Beneficiario Controlador son las personas físicas o grupo de personas físicas que, en términos generales:

  1. Obtienen Beneficios. Directa e indirectamente obtiene un beneficio derivado de su participación en una persona moral, un fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.
  2. Ejercer Derechos. Quien, o quienes, en última instancia, ejerce o ejercen los derechos de uso, goce, disfrute, aprovechamiento o disposición de un bien o servicio o en cuyo nombre se realiza una transacción.
  3. Control. Directa, indirectamente, o de forma contingente, ejerzan el control de la persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

¿Qué es tener “control” sobre una persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica?

  • Imponer, directa o indirectamente, decisiones en las asambleas generales de accionistas, socios u órganos equivalentes.
  • Poder para nombrar o destituir a la mayoría de los consejeros, administradores o sus equivalentes.
  • Mantener la titularidad de los derechos que permitan, directa o indirectamente, ejercer el voto respecto de más del 15% del capital social.
  • Esto, en nuestra opinión, no significa que no existe obligación de identificar a quienes tengan menos del 15% pues pueden estar en algún otro supuesto, como el de obtener un beneficio económico.
  • Dirigir, directa o indirectamente, la administración, la estrategia o las principales políticas de la persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

¿Qué pasa si no puedo identificar al Beneficiario Controlador?

En caso de personas morales, será la persona física que ocupe el cargo de administrador único de la persona moral o equivalente o cada miembro de dicho consejo.

¿Qué otras obligaciones tengo?

Identificar, verificar y validar la información sobre los beneficiarios controladores y mantenerla vigente.

Implementar procedimientos de control interno debidamente documentados para el cumplimiento de la obligación.

¿Qué tipo de datos debo de recabar?

En caso de personas físicas, una serie de información personal que se establecen en las reglas emitidas por la autoridad fiscal.

En los casos de cadena de control, una serie de información relativa a la figura jurídica utilizada, tales como país o jurisdicción de creación, constitución o registro y residencia para efectos fiscales, entre otros.

¿Cuándo tengo que cumplir?

Cuando la autoridad fiscal me lo requiera.

¿Qué pasa si no identifico o mantengo actualizada la información?

Multas de MXN$500,000.00 a MXN$2´000,000.00, además de otras sanciones colaterales, como pudieran ser la no emisión de la opinión favorable para efectos fiscales, entre otras.


TP Legal le puede asesorar para identificar y documentar al Beneficiario Controlador, estructurar sus procedimientos de control interno, y asesorarle en torno al cumplimiento derivado de dicha obligación.

Alejandro Pedrín   |   apedrin@tplegal.net

Héctor Torres-López   |   htorres@tplegal.net

Leobardo Tenorio-Malof   |   ltenorio@tplegal.net

Mauricio Tortolero   |   mtortolero@tplegal.net

Alejandro Ceballos   |   aceballos@tplegal.net

Elio Sánchez   |   ecsanchez@tplegal.net

Iván Curiel-Villaseñor   |   icuriel@tplegal.net

Raúl Escamilla-Sanromán   |   rescamilla@tplegal.net

Isaac Zatarain-Valenzuela  |  Izatarain@tplegal.net

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