Nuevos criterios para trabajadores en situación de vulnerabilidad en la reapertura de actividades económicas.

El día 27 de julio de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación los “Criterios para las poblaciones en situación de vulnerabilidad que pueden desarrollar una complicación o morir por COVID-19, en la reapertura de actividades en los centros de trabajo” (los “Criterios”). Los Criterios entraron en vigor el mismo día.

Los Criterios, básicamente tienen la finalidad de orientar a las autoridades que son parte del Sistema Nacional de Salud, así como a las personas y centros de trabajo, de acuerdo con el riesgo epidémico, sobre el retorno a laborar del personal vulnerable. Lo anterior, de acuerdo al color del semáforo del Sistema de Alerta Sanitaria.

Los Criterios pretenden establecer una regla más concreta sobre que personas y con qué padecimientos, están realmente en situación de riesgo de acuerdo a su condición de salud al regresar a realizar sus labores a los centros de trabajo.

Este es el resumen de los Criterios:

  • Las personas trabajadoras que están por debajo del valor de vulnerabilidad pueden regresar al lugar de trabajo incluso cuando el semáforo está en ROJO.
  • Las personas trabajadoras que cumplan o excedan el valor de vulnerabilidad se pueden reincorporar al lugar de trabajo a partir del semáforo AMARILLO a áreas No COVID (Lugares de atención médica que no atienden pacientes con COVID-19), excepto:
  • Lactancia se incorpora al final del periodo de incapacidad por maternidad, en cualquier color de semáforo.
  • Cáncer se incorpora hasta el semáforo VERDE
  • Las personas trabajadoras que cumplan o excedan el valor de vulnerabilidad y trabajan en áreas COVID, se reincorporan hasta el semáforo VERDE.

NUESTRAS RECOMENDACIONES

Nuestras recomendaciones son las siguientes:

  • El regreso de los trabajadores vulnerables debe realizarse siguiendo los Criterios. El regreso de estos trabajadores debe documentarse por escrito.
  • Las empresas esenciales y no esenciales deben documentar el regreso de los trabajadores que en términos de los Criterios ya no se consideran vulnerables, lo cual se recomienda se realice a través de la firma de un escrito de regreso a sus labores.
  • Los Criterios se deben implementar en conjunto con médicos especialistas, a efecto de que se tomen las medidas más apropiadas, favoreciendo en todo momento la salud de los trabajadores.

Con gusto podemos aclarar cualquier duda o pregunta que tengan sobre los Criterios, o analizar las medidas que su empresa ha tomado a efecto de confirmar que cumple con dichos Criterios.

Este es el valor de vulnerabilidad:

Para cualquier duda o pregunta, no dude en comunicarse con nosotros.

Alejandro Pedrín   |   apedrin@tplegal.net
Héctor Torres-López   |   htorres@tplegal.net
Leobardo Tenorio-Malof   |   ltenorio@tplegal.net
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