Certificación de IVA: Opciones para no Proporcionar el Número de Identificación Fiscal de Residentes en el Extranjero.

Por – Lic. Leobardo Tenorio. 

Como parte del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas de IVA o su renovación, el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) está requiriendo el Registro Federal de Contribuyentes de los socios, administradores o miembros del consejo de administración o de gerentes.

En el caso de los residentes en el extranjero, en un principio, el SAT aceptaba una “certificación” en la que la empresa, a través de su representante legal, manifestaba que cierto socio, administrador único, gerente general o miembro del consejo de administración o gerente, era residente fiscal en el extranjero y eso era suficiente.

Últimamente el SAT está solicitando a los solicitantes que proporcionen el número de identificación fiscal de dichas personas (el número de seguridad social para residentes de Estados Unidos). En algunos casos, solicita copia de las declaraciones anuales de los residentes en el extranjero o, en el caso de Estados Unidos, el formato 6166 emitido por el Internal Revenue Service que es una certificación de residencia fiscal en Estados Unidos.

Sin embargo, en la mayoría de los casos, los residentes en el extranjero no están dispuestos a proporcionar sus números de identificación fiscal ni sus declaraciones anuales lo que pone en riesgo la solicitud de certificación.

¿Qué puede hacer la empresa en caso de que los residentes en el extranjero no están dispuestos a proporcionar sus números de identificación fiscal ni sus declaraciones anuales?

Existen algunas opciones, como, por ejemplo:

  • Nombrar como administrador único o gerente único a un residente para efectos fiscales en el país con facultades muy limitadas. El residente en el país puede ser:
    • Persona física, o;
    • Personal moral mexicana (una empresa afiliada o controlada por un tercero).
  • Nombrar como miembros del consejo de administración o miembros del consejo de gerentes a residentes fiscales en el país con facultades muy limitadas.
  • Nombrar a un administrador o gerente único a una sociedad extranjera creada para dichos fines.  Se proporcionaría al SAT el número de registro fiscal de dicha empresa.

Por favor tome en cuenta que lo anterior son ejemplos por lo que se debe de analizar caso por caso.

Para llevar a cabo cualquier cambio, es indispensable que los socios / accionistas tomen ciertas resoluciones corporativas.

Estamos en la mejor disposición de aclararles cualquier duda sobre este asunto o comentar sobre las opciones disponibles para su empresa.

Leobardo Tenorio-Malof   |   ltenorio@tplegal.net
Héctor Torres-López   |   htorres@tplegal.net
Alejandro Pedrín   |   apedrin@tplegal.net
Mauricio Tortolero   |   mtortolero@tplegal.net
Daniel Gancz-Kahan   |   dgancz@tplegal.net

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