Implicaciones para las Empresas dentro del Sistema Nacional Anticorrupción

Por – Lic. Leobardo Tenorio.

El Sistema Nacional Anticorrupción (“SNA”) establece una serie de sanciones para personas fiscas y morales que lleven a cabo ciertos actos previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

En mayo de 2015, con motivo de unas reformas constitucionales, México creó el SNA, con el objetivo de establecer una coordinación entre diversas autoridades e instituciones de gobierno para luchar en contra de la corrupción. En julio de 2016 se promulgaron o reformaron diversas leyes para la prevención y combate a la corrupción.  Las disposiciones entraron en vigor a partir de julio de 2017.

Entre las leyes que se expidieron y modificaron fueron:

  • Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción que establece, entre otras disposiciones, las bases de coordinación a todos los niveles de gobierno.
  • Ley General de Responsabilidades Administrativas que incluye, entre otras, las responsabilidades y obligaciones de los servidores públicos, así como las “faltas administrativas graves” y las sanciones para servidores públicos y particulares.
  • Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y la reforma a la Ley de Coordinación Fiscal y la Ley de Contabilidad Gubernamental, que establecen disposiciones que fortalecen a la Auditoría Superior de la Federación en el combate a la corrupción.
  • Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la cual convierte al Tribunal Federal de Justicia Fiscal en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Este tribunal será el encargado de sancionar faltas graves cometidas tanto por servidores públicos como por particulares.
  • Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República para crear la Fiscalía Especializada Anticorrupción, como institución autónoma que investigue y persiga actos de corrupción.
  • Código Penal Federal para fortalecer el marco de conductas y sanciones a servidores públicos y particulares.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en Materia de Control Interno del Ejecutivo Federal para reforzar a la Secretaría de la Función Pública en la prevención y combate a la corrupción.

Faltas Administrativas Graves

La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece, entre otras disposiciones, los actos y sanciones relacionados con personas físicas y morales, vinculados a “faltas administrativas graves”, las cuales incluyen:

  •  Soborno a servidores públicos, directamente o a través de terceros.
  • Participación ilícita en actos administrativos.
  • Tráfico de influencias.
  • Utilización de información falsa en procedimientos administrativos para lograr autorizaciones, beneficios, ventajas o perjudicar a alguna persona.
  • Obstrucción de investigaciones relacionadas a faltas administrativas.
  • Colusión en contrataciones públicas o arreglos con competidores.
  • Uso indebido de recursos públicos u omisión de rendir cuentas que comprueben el destino de dichos recursos, para todo aquel que los reciba, maneje, administre o tenga acceso a ellos.
  • Contratación indebida de ex servidores públicos que hayan fungido como tales durante el año previo, que posean información privilegiada con motivo de su cargo anterior y que dicha información se utilice para obtener un beneficio o ventaja en el mercado o ante sus competidores.

Sanciones a Particulares

La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece diversas sanciones para los particulares, incluyendo a:

Personas Físicas:

  • Sanciones económicas que pueden alcanzar hasta dos tantos los beneficios obtenidos o, en caso de no haberlos, hasta MXN$11’323,500[1].
  • Inhabilitación desde tres meses y hasta ocho años para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
  • Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal.

Personas Morales:

  • Sanciones económicas que pueden alcanzar hasta dos tantos los beneficios obtenidos o, en caso de no haberlos, hasta MXN$113’235,000.
  • Inhabilitación desde tres meses y hasta por diez años para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
  • Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal.
  • Suspensión de actividades hasta por tres años.
  • Disolución de la sociedad. Cabe destacar que se considera como agravante para la imposición de sanciones a personas morales, el hecho de que los órganos de administración, representación, vigilancia o los socios de las mismas hubieran tenido conocimiento de presuntos actos de corrupción de las personas físicas que pertenecen a aquellas y éstos no hayan sido denunciados.

Política de Integridad

Un aspecto fundamental que establece la Ley General de Responsabilidades Administrativas es que en la determinación de la responsabilidad de personas morales conforme a dicha ley, se valorará si éstas cuentan con una “Política de Integridad” que incluya, al menos:

  •  Manual de organización y procedimientos que delimiten las funciones y responsabilidades de cada área, cadena de mando y liderazgo.
  • Código de Conducta debidamente publicado e informado al personal.
  • Sistemas adecuados y eficaces de control, monitoreo y auditoría sobre el cumplimiento de los estándares de integridad en toda la organización.
  • Sistemas adecuados de denuncia, tanto al interior de la organización como hacia las autoridades competentes, así como procesos disciplinarios y consecuencias concretas respecto de quienes actúen en forma contraria a las normas internas o a la legislación mexicana.
  • Sistemas adecuados de entrenamiento y capacitación.
  • Políticas de recursos humanos que eviten la incorporación de personas que puedan generar un riesgo a la integridad de la corporación.
  • Mecanismos que aseguren la transparencia y publicidad de sus intereses. Lo anterior implica que las organizaciones deberán preguntarse cuáles son las mejores prácticas para implementar los elementos de la “Política de Integridad” que se establecen en el Sistema Nacional Anticorrupción; así como, cuál es la mejor manera de hacerlo bajo una relación costo-beneficio adecuada.

Derivado del NSA hay acciones que una empresa puede llevar a cabo para prevenir actos de corrupción o denunciarlos.  Así mismo, es importante estar conscientes de los actos sancionados y de las sanciones mismas.

Estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario respecto al NSA, acciones que pueden llevarse a cabo o políticas a establecer, entre otros.


[1] Todas las cantidades actualizadas para 2017.

Leobardo Tenorio-Malof   |   ltenorio@tplegal.net
Héctor Torres-López   |   htorres@tplegal.net
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Daniel Gancz-Kahan   |   dgancz@tplegal.net

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